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CONSULTORIO JURIDICO
Preguntas y respuestas
— Lic. Carlos Jaïco —
Este espacio está reservado para las preguntas escogidas y para las respectivas respuestas. Esta sección funciona desde de enero 2006. Esta sección publica un mínimo de una respuesta por mes. Consultas a: consultorio.juridico@puntolatino.ch Ver casos anteriores ... |
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PROFESIONALES
Consultorio Jurídico
— Me Sébastien Micotti —
Ver casos anteriores ... Responde Me Sébastien Micotti, consultor en el estudio de abogados Schwab Flaherty Hassberger Crausaz. El licenciado Micotti es egresado de las Universidades de Lausana, Zúrich y Friburgo; LLM Derecho Europeo y es colaborador puntual para ciertos casos. Consultas a: consultorio.juridico@puntolatino.ch |
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PROFESIONALES
Efectos del matrimonio con un titular del permiso «C»
— Responden el licenciado Carlos Jaïco — Me llamo Patricia, soy colombiana, estoy visitando a mi novio el cual tiene residencia clase C. El es italiano y reside aquí hace muchos años. Es mi segunda visita a Zúrich, la visa fue concedida con garantías, y es visa por tres meses. Mi pregunta es: ¿Hay alguna forma de poder extender mi estadía aquí? (antes de casarnos, tenemos pensado casarnos más adelante.) Al tener él permiso C, ¿yo puedo casarme con él y adquirir mis papeles aquí? ¿Dónde es mejor que nos casemos? Muchas gracias por su atención, Patricia. Estimada Patricia, El titular de un permiso “C” puede vivir en Suiza de manera permanente. En caso de matrimonio de esta persona con un extranjero, este último adquiere también un derecho a vivir en Suiza. El cónyuge extranjero obtendrá en primer lugar un permiso anual, de tipo B, que renovará cada año. Si el cónyuge extranjero no tiene la nacionalidad de un Estado miembro de la Comunidad Europea, su permiso B estará supeditado a la condición de que haga hogar común con su cónyuge titular del permiso C. El cónyuge titular del permiso B tendrá también entonces el derecho a trabajar en Suiza. Después de cinco años de vida en común, el cónyuge extranjero podrá a su vez pedir que se le otorgue el permiso C. Si los esposos dejan de vivir bajo el mismo techo, sea cual sea la razón (conflicto, violencia de género, deceso), se le retirará en principio el permiso de residencia B y deberá dejar Suiza. Se reserva una excepción para los casos llamados "humanitarios". Tratándose del matrimonio en si: Los trámites deben ser iniciados en la oficina de estado civil del domicilio del esposo titular del permiso C. Los novios deben presentar, traducidos en una lengua oficial suiza (en Zúrich: el alemán) por un traductor profesional certificado por la Embajada, los documentos certificando su identidad (en principio, pasaporte, partida de nacimiento, certificado de estado civil, certificado de domicilio, certificado de nacionalidad). Cuando uno de los novios no está en Suiza, se presentará con estos documentos a la representación suiza de su país de domicilio (Embajada de Suiza en Bogotá). Tratándose de Colombia, todos los documentos y sus traducciones deben en principio legalizarse por medio de notario público (ver : http://www.eda.admin.ch/bogota_emb/s/home/useinf/ En este caso, el novio que se encuentra en el extranjero debe pedir a la Embajada Suiza un visado de entrada para matrimonio. Si el novio ya está en Suiza, porque tiene un visado de turismo por ejemplo, él mismo deberá presentarse con los documentos previamente mencionados, al funcionario del registro civil del domicilio de su futuro cónyuge. Teniendo en cuenta el tiempo que tomará la obtención de los documentos obligatorios para el matrimonio, será probablemente necesario hacer prolongar la duración del visado de turismo. Usted debe entonces dirigirse a la oficina del cantón competente (en Zúrich: la Migrationsamt). Una persona domiciliada en el cantón deberá llevarse como garante. Finalmente, no existe ningún derecho a la prolongación del visado. Atentamente, Carlos Jaïco Carranza, lic. Iur. |
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